Fallo contra tienda HITES y acuerdo del SERNAC con Banco Itaú presenta contradicciones evidentes

La resolución, que en primera instancia condenó a la tienda HITES, es un avance positivo, aunque se advierte que es necesario seguir revisando las sentencias de tribunales que no satisfacen los intereses de los consumidores.

Como muy positivo fue considerado por ODECU el reciente fallo del Undécimo Juzgado Civil de Santiago contra la compañía Inversiones y Tarjetas S.A., dueña de la tarjeta Hites, por cláusulas abusivas en contra de los consumidores y cobros indebidos.

La demanda iniciada el 2017, por el Servicio Nacional del Consumidor, SERNAC, fue apoyada por la ODECU, la cual sumándose como tercero coadyuvante, estimó que las motivaciones y peticiones de la acción estaban bien encaminadas para reparar a los clientes de Hites.

ODECU estima que el fallo del juez es contundente contra los abusos que durante décadas han realizado bancos y casas comerciales y reprocha que Hites, lejos de acatar el fallo y devolver lo que ha ordenado el juez, agotará los recursos para revertir esta sentencia. Por lo mismo, no hay que crear expectativas ya que con los recursos que se pueden interponer, este juicio podría demorar uno o dos años más.

Necesidad de criterios similares

Pese a que el caso del fallo contra Hites fue celebrado por la ODECU, la organización lamenta la disparidad de los criterios de tribunales y del propio SERNAC.

Lo anterior, en referencia al reciente acuerdo alcanzado entre el SERNAC y el Banco Itaú, que no dejó satisfecha a ODECU, y que manifestó su disconformidad con el tratamiento dado por el 24° Juzgado Civil de Santiago y la Corte de Apelaciones de Santiago, en cuyas resoluciones han dejado de ejercer las funciones y atribuciones que la ley les encomienda para proteger a los consumidores de acuerdos ilegítimos, como el arribado en este caso.

Los jueces que han revisado esta causa se han preocupado sólo de cuestiones formales y no han ido al fondo del caso, conductas que permitirán que el banco se quede con miles de millones de pesos y siga aplicando en sus contratos cláusulas que el propio SERNAC, durante años, ha perseguido, como en el mismo caso de Hites.

De acuerdo al criterio de ODECU, el convenio alcanzado por SERNAC, Banco Itaú y ASOCOCHI dista mucho de contener la necesaria justicia que se exige a tribunales y al órgano estatal que, mandatado por ley, debe proteger a consumidores y usuarios, ya que el Banco se quedaría con aproximadamente cinco mil millones de pesos, cobrados indebidamente a sus clientes.

Además, para ODECU, se ha realizado una incorrecta comprensión de las normas procesales por parte de los jueces, aplicables al caso, lo que ha impedido que ODECU ejerza la adecuada representación de los intereses de los clientes del Banco Itaú, pues se estima que un tercero coadyuvante, como ODECU, no puede oponerse al acuerdo suscrito por las demás partes. O sea, se acepta a la organización como parte en un juicio y luego se dice que no puede ejercer su labor de protección de los derechos de los consumidores. Eso es una verdadera paradoja.

ODECU interpuso un recurso de casación en contra del acuerdo con Itaú debido a que no entiende la razón por la que el SERNAC usa distintos criterios para perseguir a los infractores de la ley por causales idénticas, como es el caso del cobro de comisiones ilegales, basados en cláusulas abusivas, que pueden también constituir intereses encubiertos.

ODECU agotará los recursos judiciales y no descarta nuevo juicio

ODECU ha acudido a la Corte Suprema para que se empiece a emparejar el nivel de persecución y no haya demandados que gocen de privilegios, como el Banco Itaú Corpbanca, que sólo devolverá uno de cada tres pesos que ha percibido ilícitamente.

La organización espera que el máximo tribunal ponga las cosas en su lugar y si siguen primando criterios formalistas, no descarta iniciar un nuevo juicio contra Banco Itaú si queda firme la tesis de que ODECU, como tercero coadyuvante, se encuentra procesalmente impedido de cumplir con la labor que la propia ley del consumidor le encomienda, que es proteger a los consumidores y usuarios de los abusos de los proveedores.

Revisa el estado de estas causas y sus recursos pendientes con los siguientes datos en la página del Poder Judicial.

  • Caso Hites: 34.041-2017, 11 juzgado civil de Santiago. Recursos pendientes ante la Corte de Apelaciones rol 16673-Civil-2019.
  • Caso Itaú: 12.782-2017, 24 juzgado civil de Santiago.

    Falso recurso de hecho ante la Corte de Apelaciones presentado por el banco Itaú, rol 15030-Civil-2019, fallado en contra de ODECU.

    Recurso de casación en el fondo, interpuesto por ODECU, rol Corte Suprema 42.858-2020.

Para revisar la declaración de ODECU sobre su preocupación por argumentos de la ABIF ante el TC contra la ley que beneficia a usuarios por fraudes de tarjetas puedes hacer click aquí 

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