En las últimas semanas, la zona centro-sur de Chile ha experimentado importantes lluvias, las que han causado daños significativos en numerosos inmuebles.
Si una propiedad presenta daños, ¿qué plazos tienen las inmobiliarias para responder? Esto y más lo responderemos en la siguiente Pregunta Frecuente de ODECU.
¿Qué responsabilidades tienen las inmobiliarias por daños en viviendas debido a lluvias?
Si tu casa tiene menos de 10 años y ha sufrido daños por inundaciones, la Ley te protege de varias maneras. Las inmobiliarias, como primeros vendedores de una construcción, son responsables por todos los daños y perjuicios que provengan de fallas o defectos en la edificación, ya sea durante su ejecución o después de terminada, según lo establece el artículo 18 inciso 1º de la Ley General de Urbanismo y Construcciones.
¿Cuáles son los plazos en los que las inmobiliarias deben responder por los daños en una vivienda?
La Ley distingue entre tres tipos de daños para establecer los plazos en que las inmobiliarias deben responder:
Daños en terminaciones: Incluyen sistemas acústicos, térmicos, protecciones contra incendios, techumbre, cielos y muros, entre otros. Las inmobiliarias deben responder si estos daños ocurren dentro de los primeros 3 años desde que la propiedad fue inscrita a nombre del comprador en el Conservador de Bienes Raíces (CBR).
Daños en instalaciones: Se refieren a sistemas de distribución y tomas de energía, y sistemas de transporte de fluidos que forman parte de la edificación. Las inmobiliarias deben responder si estos daños se producen dentro de los primeros 5 años desde la fecha de la recepción definitiva de la obra.
Daños estructurales: Abarcan los cimientos o fundaciones que son la base del edificio o casa y que permiten su sostenimiento permanente. Las inmobiliarias son responsables por estos daños durante los primeros 10 años desde la fecha de la recepción definitiva de la obra.
¿Qué otras responsabilidades tienen las inmobiliarias respecto a la calidad del suelo?
Además de los plazos mencionados, las inmobiliarias también son responsables por los denominados “vicios del suelo”.
Estos son desperfectos en el terreno destinado a dar solidez al inmueble y que resultan de la negligencia en la proyección o actuación del arquitecto que diseñó la obra. Esto asegura que las inmobiliarias sean responsables no solo por los defectos en la construcción, sino también por la calidad y adecuación del terreno sobre el cual se edifica.
Si sufriste algún daño por las lluvias y la inmobiliaria no se ha responsabilizado por los daños, puedes ponerte en contacto con el Servicio de Atención al Consumidor de ODECU, la Organización de Consumidores y Usuarios de Chile.
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