La publicidad tiene un gran poder de influencia, especialmente cuando se dirige a públicos vulnerables como los menores de edad.
En Chile, existen normativas específicas que buscan evitar que niños, niñas y adolescentes sean manipulados por mensajes comerciales diseñados para captar su atención sin que puedan comprender del todo su intención.
En ODECU, consideramos que proteger a la infancia de la publicidad engañosa o inapropiada no solo es una responsabilidad legal, sino también ética. Por eso, es fundamental entender qué prácticas están reguladas y cómo actuar si se detectan irregularidades.
A continuación, en la siguiente Pregunta Frecuente de ODECU te explicamos qué es la publicidad dirigida a menores de edad, qué dice la legislación chilena y qué pueden hacer los padres al respecto.
¿Qué se entiende por publicidad dirigida a menores de edad?
La publicidad dirigida a menores incluye todas aquellas estrategias comerciales específicamente diseñadas para atraer a niños, niñas y adolescentes.
Esta suele utilizar recursos visuales y auditivos llamativos, como colores intensos, personajes animados, juguetes, música pegajosa o celebridades infantiles, con el fin de influir en sus hábitos de consumo y decisiones. Aunque muchas veces puede parecer inocente, su objetivo es generar preferencia de marca y fomentar el consumo, incluso en productos que no siempre son adecuados para su edad o bienestar.
¿Qué dice la legislación chilena sobre este tipo de publicidad?
En Chile, la publicidad dirigida a menores está regulada por la Ley 19.496 sobre Protección de los Derechos del Consumidor, la Ley 20.606 (Ley de Etiquetado de Alimentos), y las normas del Consejo Nacional de Televisión (CNTV).
Estas leyes prohíben expresamente cualquier mensaje publicitario que se aproveche de la ingenuidad, la credulidad o la falta de experiencia de los menores, así como los anuncios que los confundan respecto a la realidad o los efectos de un producto.
En particular, está prohibida la publicidad de alimentos con sellos “Altos en” dirigida a menores de 14 años, debido a los riesgos que representan para su salud. También se restringen prácticas como prometer premios engañosos, usar figuras populares para promover productos poco saludables o sugerir que un consumo determinado mejora el estatus social del niño o niña.
¿Qué pueden hacer los padres si detectan publicidad inapropiada?
Si madres, padres o cuidadores detectan publicidad que consideren engañosa, manipuladora o directamente ilegal dirigida a menores, pueden denunciarla al Servicio Nacional del Consumidor (SERNAC), al Consejo Nacional de Televisión (CNTV) o contactar a ODECU para recibir orientación.
Las empresas que infringen esta normativa se arriesgan a multas significativas y a la obligación de retirar la publicidad. Proteger a los niños y niñas frente a este tipo de mensajes no es solo un derecho, sino una responsabilidad compartida.
Si tienes dudas o quieres asesorarte acerca de este tema, puedes contactar al Servicio de Atención al Consumidor de ODECU, la Organización de Consumidores y Usuarios de Chile.
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