{"id":7991,"date":"2022-08-10T11:48:55","date_gmt":"2022-08-10T14:48:55","guid":{"rendered":"https:\/\/odecu.cl\/v2\/corte-suprema-revierte-fallo-del-tdl-y-rechaza-modelo-tarifario-de-transbank\/"},"modified":"2022-08-10T11:48:55","modified_gmt":"2022-08-10T14:48:55","slug":"corte-suprema-revierte-fallo-del-tdl-y-rechaza-modelo-tarifario-de-transbank","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/odecu.cl\/ticketera\/corte-suprema-revierte-fallo-del-tdl-y-rechaza-modelo-tarifario-de-transbank\/","title":{"rendered":"Corte Suprema revierte fallo del TDL y rechaza modelo tarifario de Transbank"},"content":{"rendered":"<p><em><strong>Fuente:\u00a0<\/strong><\/em><strong>La Tercera &#8211; Pulso<br \/><em>Fecha:\u00a0<\/em>10 de agosto 2022<\/strong><\/p>\n<div class=\\\"bajada\\\"><em><strong>La sentencia del m\u00e1ximo tribunal del pa\u00eds consign\u00f3 que \\\u00bbel sistema tarifario propuesto por Transbank est\u00e1 lejos de ser uno que tutela la libre competencia y maximiza el bienestar de todos los actores del sistema de Tarjetas de Pago, sino muy por el contrario, exacerba la posici\u00f3n dominante de la actora en el mercado\\\u00bb.<br \/><\/strong><\/em><\/div>\n<p><!--more--><\/p>\n<div class=\\\"cuerpo\\\">\u2014La Corte Suprema acogi\u00f3 cuatro de los 10 recursos de reclamaci\u00f3n presentados en contra de la sentencia del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia que hab\u00eda respaldado el nuevo modelo de negocio de Transbank.<\/p>\n<p>Los cuatro recursos de reclamaci\u00f3n acogidos correspondieron a la Organizaci\u00f3n de Consumidores y Usuarios de Chile (<strong><i>ODECU<\/i><\/strong>); Walmart Chile S. A; Farmacias Ahumada S. A y Copec S.A.,<\/p>\n<p>\\\u00bbSe resuelve que se rechaza la consulta planteada por la empresa Transbank S.A. en relaci\u00f3n al sistema tarifario que ha adoptado, en calidad de autorregulaci\u00f3n, en relaci\u00f3n con comercios y emisores, por un lado, y con proveedores de servicios para procesamiento de pagos y operadores que deseen interconectarse con la compa\u00f1\u00eda, en el contexto de los servicios de adquirencia que se encuentra prestando en el modelo de cuatro partes\\\u00bb, consign\u00f3 el laudo al que tuvo acceso Pulso.<\/p>\n<p>\\\u00bbQue todo lo se\u00f1alado hasta ahora da cuenta que el sistema tarifado propuesto por Transbank est\u00e1 lejos de ser uno que tutela la libre competencia y maximiza el bienestar de todos los actores del sistema de Tarjetas de Pago, sino muy por el contrario, exacerba la posici\u00f3n dominante de la actora en el mercado, generando incentivos para el aumento de tarifas y el surgimiento de barreras de entrada que impiden a nuevas empresas competir eficazmente, todo lo cual se pretende por la v\u00eda obviar aquellos par\u00e1metros que, conforme a lo resuelto por esta Corte, deb\u00eda cumplir de manera previa a cualquier modificaci\u00f3n de tarifas\\\u00bb, a\u00f1adi\u00f3 el fallo.<\/p>\n<p>En su laudo, la Corte Suprema tambi\u00e9n consign\u00f3 que \\\u00bbcada d\u00eda es mayor el acceso de la poblaci\u00f3n a medios de pago electr\u00f3nicos, hace que resulte importante dejar asentado que cualquier modificaci\u00f3n tarifada o estructural que se realice, no puede resultar m\u00e1s gravosa para ninguna de las partes involucradas\\\u00bb. En otras palabras, \\\u00bbel respeto de las reglas que gobiernan la libre competencia, implica que eventuales modificaciones de modelo o determinaciones de precios est\u00e9n precedidas de una evaluaci\u00f3n t\u00e9cnica de las autoridades, que examine su pertinencia y conveniencia, velando por que los cambios tiendan a hacer m\u00e1s eficiente el sistema y no provoquen disrupciones que, por el contrario, afecten su normal funcionamiento, interrumpan la cadena de pagos o hagan m\u00e1s costosas las ventas de bienes y servicios\\\u00bb, concluy\u00f3.<\/p>\n<p>EL ORIGEN DEL CONFLICTO<\/p>\n<p>Todo comenz\u00f3 cuando el 26 de diciembre de 2019, la Corte Suprema dict\u00f3 un fallo por una consulta planteada por Farmacias Cruz Verde -propiedad de la mexicana Femsa- en la que tambi\u00e9n particip\u00f3 Farmacias Ahumada, obligando a Transbank a modificar sus tarifas, las cuales estaban contenidas en un plan de autorregulaci\u00f3n. Se trata de una tabla de doble entrada que calcula las tarifas que debe cobrar al comercio, seg\u00fan el ticket promedio y el volumen de venta por el pago con tarjetas de cr\u00e9dito o d\u00e9bito en cualquier compra.<\/p>\n<p>Transbank en vez de modificar sus tarifas, lo que hizo fue migrar a un nuevo modelo tarifario. Antes operaba un modelo de tres partes en el que estaba Transbank, los bancos y los comercios, y ahora se separa este esquema y pasan a ser cuatro actores. Aqu\u00ed est\u00e1n: los comercios, Transbank o cualquier adquirente como Multicaja o Getnet, entre otros, los bancos y las marcas internacionales (Visa, Mastercard y otros).<\/p>\n<p>El cambio del modelo signific\u00f3 que la tarifa que cobra Transbank, que se denomina comisi\u00f3n al comercio (merchant discount) aumentara. \u00bfLa raz\u00f3n? cada uno de los actores de este modelo qued\u00f3 libre de cobrar sus propios montos. A modo de ejemplo, las compa\u00f1\u00edas que operan marcas de tarjetas internacionales operan con tasas de intercambio que han sido p\u00fablicamente cuestionadas. A ello se suma que Transbank cobra una tasa como margen adquirente.<\/p>\n<p>En abril de 2020 , en plena pandemia, Transbank present\u00f3 una consulta al Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC). En dicha presentaci\u00f3n, la compa\u00f1\u00eda sostuvo que en este nuevo modelo tarifario solo defin\u00eda un parte peque\u00f1a que es el margen adquirente. Durante todo el proceso el tribunal orden\u00f3 congelar las tarifas, luego que se abriera a revisar el caso.<\/p>\n<p>A partir de esto, todos los comercios pagaban las tarifas anteriores mientras se resolv\u00eda el proceso. El caso termin\u00f3 el septiembre de 2021, cuando el TDLC aprob\u00f3 los cobros de Transbank. Para la compa\u00f1\u00eda, que en ese momento era asesorada por el estudio de abogados Ferrada-Nehme y, posteriormente en la Corte Suprema por GWJA Abogados, la sentencia signific\u00f3 una amplia victoria.<\/p>\n<p>El caso es que hubo muchos comercios que no quedaron conformes y presentaron reclamaciones. Hubo varias que llegaron a la Suprema. Entre ellas estaban las cuatro acogidas, pero tambi\u00e9n estaban como reclamantes: la Fiscal\u00eda Nacional Econ\u00f3mica; Corporaci\u00f3n Nacional de Consumidores y Usuarios de Chile A.C. (Conadecus); Unired y Getnet.<\/p>\n<p>La abogada Carla Bordoli, socia de Bordoli Doren asesor\u00f3 a Walmart Chile; Julio Pellegrini, Pedro Rencoret y Diego Ramos socios de Pellegrini &amp; Rencoret asesoraron a Farmacias Ahumada y Copec. Mientras, Carlos \u00c1lvarez represent\u00f3 a\u00a0<strong><i>ODECU<\/i><\/strong>.<\/p>\n<p>Los alegatos fueron en junio y este lunes a eso de las 20 horas, la Corte Suprema notific\u00f3 el fallo, rechazando las tarifas de Transbank, dando vuelta el fallo del TDLC al considerarlas anticompetitivas.<\/p>\n<p>REACCIONES<\/p>\n<p>El fallo de inmediato provoc\u00f3 reacciones.<\/p>\n<p>Cristi\u00e1n Reyes, senior counsel de Aninat Abogados explic\u00f3 que \\\u00bbm\u00e1s all\u00e1 de sus fundamentos, el fallo deja cierta incertidumbre en el mercado al no proponer soluciones concretas para el futuro, condicionar varios temas a lo que resuelva el TDLC en otro expediente (NC 474-20) y no aquilatar el mayor poder de mercado que tienen en la actualidad las marcas de tarjetas Mastercard y Visa\\\u00bb.<\/p>\n<p>\\\u00bbEste fallo es un triunfo para los consumidores, los comercios grandes, medianos y peque\u00f1os y tambi\u00e9n para la libre competencia. Finalmente, la Corte Suprema termina con un sistema de autorregulaci\u00f3n de un virtual monopolio y obliga a Transbank a competir en igualdad de condiciones con el resto de la industria. Esto significar\u00e1 que deber\u00e1n ajustar su marco de acci\u00f3n y eso va a redundar en la transparencia de las comisiones, posibilitar\u00e1 la libre competencia y eso puede bajar tambi\u00e9n los precios finales que pagar\u00e1n los consumidores. Adem\u00e1s, potenciar\u00e1 la democratizaci\u00f3n de los medios de pago electr\u00f3nicos. M\u00e1s comercios medianos y peque\u00f1os podr\u00e1n ofrecer el pago con pl\u00e1stico y eso es un avance en seguridad, comodidad y calidad de vida para los usuarios\\\u00bb, sostuvo\u00a0<strong><i>Stefan Larenas<\/i><\/strong>, presidente de\u00a0<strong><i>ODECU<\/i><\/strong>.<\/p>\n<p>Julio Pellegrini, socio de Pellegrini &amp; Rencoret explic\u00f3: \\\u00bbLa Corte Suprema confirm\u00f3 lo que se ven\u00eda adelantando hace a\u00f1os: que las tarifas de Transbank no pod\u00edan ser aprobadas en las condiciones en que fueron presentadas, por que no se adecuan a la libre competencia\\\u00bb.<\/p>\n<p>Al ser consultada Transbank por este art\u00edculo, respondi\u00f3: \\\u00bbestamos analizando el fallo y sus implicancias junto a nuestros abogados. Por ahora no emitiremos m\u00e1s comentarios\\\u00bb.<\/p>\n<p>LA CR\u00cdTICA POR LOS TIEMPOS<\/p>\n<p>Pero sin duda, uno de los aspectos llamativos del pronunciamiento de la Corte Suprema es que este lunes en paralelo a la dictaci\u00f3n de la sentencia, la Tercera Sala tambi\u00e9n hizo p\u00fablica una resoluci\u00f3n en la que cuestiona duramente los tiempos que demora el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia en redactar sus fallos.<\/p>\n<p>\\\u00bbEn ejercicio de sus facultades constitucionales, se dispone que el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia deber\u00e1 proseguir con la tramitaci\u00f3n de la se\u00f1alada causa, hasta la dictaci\u00f3n de la resoluci\u00f3n definitiva, dentro del t\u00e9rmino legal, determinaci\u00f3n que ser\u00e1 fiscalizada por la se\u00f1ora Ministra Visitadora de dicho Tribunal\\\u00bb , consign\u00f3 la resoluci\u00f3n.<\/p>\n<p>Esto en alusi\u00f3n a otro proceso que tiene relaci\u00f3n con el mismo mercado y que se ha demorado mucho en resolverse, desde el a\u00f1o 2020.<\/p>\n<p>\\\u00bbEl Ministro Sergio Mu\u00f1oz estuvo por pasar los antecedentes al Tribunal Pleno con el objeto que se estudie el ejercicio de la facultad disciplinaria, instruyendo al efecto el sumario administrativo correspondiente por la se\u00f1ora Fiscal de esta Corte Suprema, atendido el tiempo transcurrido en la tramitaci\u00f3n de este procedimiento y los dem\u00e1s que sustancia el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia\\\u00bb, consign\u00f3 la resoluci\u00f3n.<\/p><\/div>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Fuente:\u00a0La Tercera &#8211; 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