¿Pueden cobrarme daños que yo no provoqué en un auto arrendado?

Arrendaste un vehículo, lo devolviste aparentemente sin problemas y, días después, aparece un cobro en tu tarjeta por daños que no recuerdas haber causado. Esta situación es más frecuente de lo que parece y genera legítima preocupación. En estos casos, es clave conocer qué obligaciones tiene la empresa y qué derechos mantiene el consumidor.

En esta Pregunta Frecuente de ODECU te explicamos qué derechos tienes como persona consumidora cuando arriendas un vehículo, qué obligaciones de respaldo y prueba deben cumplir las empresas frente a daños atribuidos, y qué acciones puedes ejercer si te cobran perjuicios que no provocaste.

 

¿Puede la empresa cobrarme daños sin haber hecho una revisión conjunta?

No debería hacerlo sin respaldo. En el arriendo de vehículos es fundamental realizar una inspección conjunta al inicio y al término del contrato, dejando constancia escrita y firmada del estado del automóvil.

Cuando no existe un registro detallado y firmado, la empresa enfrenta dificultades para atribuir daños al arrendatario. La ausencia de ese respaldo no puede transformarse en un perjuicio para el consumidor.

 

¿Quién debe probar que el daño ocurrió mientras el auto estaba bajo mi responsabilidad?

La carga de la prueba recae en la empresa. Conforme a la Ley del Consumidor, corresponde al proveedor demostrar que el daño se produjo durante el período en que el vehículo estuvo bajo custodia del arrendatario.

Si la empresa no puede acreditar el origen y momento del daño, no puede válidamente imputarlo ni cobrarlo. Además, cláusulas que permitan cobros automáticos sin verificación o que excluyan ampliamente la responsabilidad del proveedor pueden considerarse abusivas según el artículo 16 de la Ley N° 19.496.

 

¿Qué puedo hacer si ya me hicieron el cobro?

Si el cargo ya fue aplicado a tu tarjeta, puedes impugnarlo ante el banco o emisor, solicitando la revisión del cobro. Paralelamente, tienes derecho a exigir a la empresa la documentación que respalde el supuesto daño y su atribución.

También puedes recurrir al Juzgado de Policía Local o solicitar orientación en organizaciones como ODECU para evaluar las acciones correspondientes. Contar con antecedentes como fotografías, contratos y comunicaciones será clave para respaldar tu reclamo.

 

Si la empresa de arriendo te cobra daños que no provocaste, no acredita su origen o realiza cargos automáticos sin respaldo suficiente, contáctanos a nuestro Servicio de Atención al Consumidor (SAC).